Motocicletas Antiguas - Inmatriculación

 






Requisitos de la Solicitud de Matriculación 

1-Carátula Rogatoria: Formulario 01

2-Minuta de Inscripción de Motocicleta en Cuadruplicado: (Impresos en hojas tamaño Oficio. La impresora debe configurarse para impresión en hojas de 216mm por 330mm (folio) y márgenes inferior y superior de 10mm.) Minuta (Moto)

3-Liquidación de Tasas Judiciales: por el concepto de inscripción de motocicleta antigua (para los legajos A y B). Inscripciones

4-Liquidación del Consorcio: por los conceptos de cédula, chapas y grabado para motocicletas  (para los legajos A y B). www.consorcioautomotor.com.py

5-Certificado de Originalidad: 

*original (oficina central)

*triplicado (escribanía- copias autenticadas para los legajos A y B) 

*cuadruplicado (oficina receptora).

Calificación del Operador

1-Carátula Rogatoria: «especificaciones técnicas para la impresión (Formulario A1-carpeta)

A)           Papel cartulina (tapa impresa y contratapa sin impresión; b) tamaño: 21,6 x 33cm; c) Color de Cartulina celeste; d) Gramaje 120 grs.;  e) Color de tinta negro»(Circular 65/2011 D.G.R.P.)

2-Minuta de Inscripción de Motocicletas en Cuadruplicado: las mismas fueron  aprobadas por Acordada Nº 371 de fecha 07/06/2005 – Resolución Nº  341/05 D.R.A.

Presentadas en cuadruplicado, y todas las hojas deben estar firmadas y selladas por los escribanos intervinientes

3-Liquidación de Tasas Judiciales: por los conceptos de Inscripción - moto antigua.

4-Liquidación del Consorcio: por los  conceptos de cédula, chapas  y grabado de motocicletas

5-Certificado de Originalidad:

Para la inscripción de motocicletas antiguas se presentará la solicitud respectiva:

El registrador comprobará si se presenta el Certificado otorgado por el Club de Vehículos Antiguos del Paraguay entidad certificadora designada por la Corte Suprema de Justicia por Resolución Nº 420/05, acreditando que el vehículo reúne las características exigidas por el Art. 2º inc b) de la Ley Nº 2405/04 que amplia la Ley Nº 608/95. 

a -¿Es necesario protocolizar el  Certificado de Originalidad?

No es necesaria la protocolización del Certificado de Originalidad de Motocicletas.

b -¿Las motocicletas  inscriptas en el registro especial y transitorio pueden ser inscriptas como motocicletas antiguas?

Las motocicletas inscriptas en el registro especial y transitorio podrán ser inscriptas como motocicletas antiguas, a través de la baja de inscripción como transitorio. El trámite para estos casos solo podrán ser realizados una vez obtenido el certificado de originalidad y una vez devueltos, legajo, cédula marrón y chapa de la inscripción como transitorio, de no contar con uno de estos requisitos deberá presentar denuncia por extravío.

c -¿La inscripción de las motocicletas está sujeta a restricciones?

Las inscripciones de dichas motocicletas estarán sujetas a la restricción para la venta y/o transacciones regístrales durante dos años a partir de la fecha de su inscripción.

d -¿Quién expide el Certificado de Originalidad de Motocicletas?

El Certificado de Originalidad de Motocicletas es expedida por el CLUB DE VEHÍCULOS ANTIGUOS DE PARAGUAY (C.V.A.P.) que funciona en el predio del  TOURING Y AUTOMOVIL CLUB PARAGUAYO.

El certificado de Originalidad será desglosado de la siguiente manera: 

*original (oficina central- legajo B); 

*duplicado (C.V.A.P.);

*triplicado (escribanía- copias autenticadas para los legajos A y B);

*cuadruplicado (oficina receptora-  legajo A) (Circular 33/09 D.R.A.)


No existe certificado para el solicitante, y en virtud a que el triplicado es para el protocolo del escribano se aceptan copias autenticadas del mismo para los legajos A y B.


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